lunes, 21 de noviembre de 2011

Accidente de trabajo

DDD A partir de 2005, la definición de accidente laboral también incluye a los trabajadores autónomos que previamente así lo soliciten a la Seguridad Social y abonen las cuotas sociales correspondientes.
Es por tanto necesario que se cumplan las siguientes características:
  1. Lesión corporal, que puede ser física o psíquica.
  2. Que el trabajador sea por cuenta ajena o esté dado de alta en la contingencia de accidente de trabajo como autónomo por cuenta propia.
  3. También se extiende el concepto a los trabajadores socios de sociedades mercantiles.
  4. Que el accidente con ocasión o por consecuencia del trabajo.

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