Es por tanto necesario que se cumplan las siguientes características:
- Lesión corporal, que puede ser física o psíquica.
- Que el trabajador sea por cuenta ajena o esté dado de alta en la contingencia de accidente de trabajo como autónomo por cuenta propia.
- También se extiende el concepto a los trabajadores socios de sociedades mercantiles.
- Que el accidente con ocasión o por consecuencia del trabajo.
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